REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/917 DE LA COMISIÓN de 4 de junio de 2019 por el que se establecen especificaciones, medidas y otros requisitos técnicos necesarios para el sistema de interconexión de los registros de insolvencia en virtud del artículo 25 del Reglamento (UE) 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo: publicado en el DOUE el pasado 5 de junio. Los registros de insolvencia estarán interconectados de conformidad con estas especificaciones, medidas y otros requisitos técnicos a más tardar el 30 de junio de 2021.

Publicado en el DOUE el pasado 5 de junio. Los registros de insolvencia estarán interconectados de conformidad con estas especificaciones, medidas y otros requisitos técnicos a más tardar el 30 de junio de 2021. Reglamento