Extinción de contratos formulada ante los órganos del Orden Jurisdiccional Social por los trabajadores, al amparo del artículo 50

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, del 20 de julio de 2016:

Demanda de extinción de contratos formulada ante los órganos del Orden Jurisdiccional Social por los trabajadores, al amparo del artículo 50 b) ET, con anterioridad a que la empresa fuera declarada en concurso. El Juez de lo Mercantil dicta auto extinguiendo los contratos de los trabajadores de la empresa, entre los que se encuentran los actores. El Juez de lo Social, ante el que pende la demanda de extinción de los contratos, dicta auto acordando la suspensión de la tramitación del proceso y archivo provisional del mismo hasta que sea firme el auto del Juzgado de lo Mercantil. Recurrido en reposición es confirmado por auto del Juzgado de lo Social. Recurrido en suplicación se desestima el recurso. Se estima el recurso interpuesto por los trabajadores y se deja sin efecto el auto acordando la suspensión y archivo provisional de la demanda, resolviendo que se continúe la tramitación de la misma.

 

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